No es necesario la conservación de los Libros IVA Compras y Ventas para aquellos sujetos obligados a la presentación de Libro de IVA Digital, excepto que sea obligatorio su cumplimiento respecto de otros aspectos de naturaleza tributaria, civil, comercial, contable, profesional u otros, establezcan otras disposiciones legales, reglamentarias o complementarias para cada actividad, operación o sujeto.